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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 491 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 491

Artículo 491 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.

Completa el hueco2/3

El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos ________ suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.

Artículo 491 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

racionalmente

«El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que…»?

Artículo 491 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 491

«El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos del artículo anterior.»

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