🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 587 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante.
Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad.
Si no fuere conocido ningún pariente del procesado, se conservará dicho pliego cerrado bajo la responsabilidad del Secretario judicial hasta que haya persona a quien entregarlo, según lo dispuesto en este artículo.
Flashcards de este artículo
Artículo 587
La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante. Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad. Si no fuere conocido ningún pariente del procesado, se conservará dicho pliego cerrado bajo la responsabilidad del Secretario judicial hasta que haya persona a quien entregarlo, según lo dispuesto en este artículo.
La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su ________.
representante
«La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante.»
¿Qué artículo establece: «La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante»?
Artículo 587
«La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante.»
Si aquél ________ en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad.
estuviere
«Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad.»
¿Qué artículo establece: «Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad»?
Artículo 587
«Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
La correspondencia que no se relacione con la causa será entregada en el acto al procesado o a su representante. Si aquél estuviere en rebeldía, se entregará cerrada a un individuo de su familia mayor de edad. Si no fuere conocido ningún pariente del procesado, se conservará dicho pliego cerrado en poder bajo la responsabilidad del Juez Secretario judicial hasta que haya persona a quien entregarlo, según lo dispuesto en este artículo.
- Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
- Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
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