🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos.
Flashcards de este artículo
Artículo 736
En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos.
En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola ________ con aquéllos.
representación
«En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos.»
¿Qué artículo establece: «En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables…»?
Artículo 736
«En seguida dará la palabra a los defensores de los procesados, y después de ellos a los de las personas civilmente responsables, si no se defendieren bajo una sola representación con aquéllos.»
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