🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 803 bis i de la Ley de Enjuiciamiento CriminalConversión del decreto en sentencia condenatoria
Texto vigente
Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de tres días documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.
Flashcards de este artículo
Artículo 803 bis i. Conversión del decreto en sentencia condenatoria
Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de tres días documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.
Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de ________ documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.
tres días
«Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de tres días documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.»
¿Qué artículo lleva por título «Conversión del decreto en sentencia condenatoria»?
¿Qué artículo establece: «Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el…»?
Artículo 803 bis i. Conversión del decreto en sentencia condenatoria
«Si el encausado acepta en la comparecencia la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado de Instrucción le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, que en el plazo de tres días documentará en la forma y con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno.»
Otros artículos de TÍTULO III bis. Proceso por aceptación de decreto
- Artículo 803 bis a · Requisitos del proceso por aceptación de decreto
- Artículo 803 bis b · Objeto
- Artículo 803 bis c · Contenido del decreto de propuesta de imposición de pena
- Artículo 803 bis d · Remisión al Juzgado de Instrucción
- Artículo 803 bis e · Auto de autorización
- Artículo 803 bis f · Notificación del auto y citación de comparecencia
- Artículo 803 bis g · Solicitud de asistencia letrada
- Artículo 803 bis h · Comparecencia
- Artículo 803 bis j · Ineficacia del decreto de propuesta de pena
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.