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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 88 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

En las recusaciones de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno.

Si hubiere dos, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 88

Artículo 88 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

En las recusaciones de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno. Si hubiere dos, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad.

Completa el hueco2/5

En las ________ de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno.

Artículo 88 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

recusaciones

«En las recusaciones de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «En las recusaciones de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno»?

Artículo 88 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 88

«En las recusaciones de Secretarios de Juzgados municipales instruirá y fallará la pieza de recusación el Juez municipal donde sólo hubiere uno.»
Completa el hueco4/5

Si hubiere ________, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad.

Artículo 88 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

dos

«Si hubiere dos, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si hubiere dos, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad»?

Artículo 88 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 88

«Si hubiere dos, el del Juzgado a que no pertenezca el recusado, y si tres o más, el de mayor edad.»

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