🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 93 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Es aplicable a los actuales Relatores y Escribanos de Cámara: 1.º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y 2.º, lo prevenido en los artículos 90 y 91 referente al abono de derechos.
Flashcards de este artículo
Artículo 93
Es aplicable a los actuales Relatores y Escribanos de Cámara: 1.º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y 2.º, lo prevenido en los artículos 90 y 91 referente al abono de derechos.
Es aplicable a los actuales Relatores y ________ de Cámara:
Escribanos
«Es aplicable a los actuales Relatores y Escribanos de Cámara:»
¿Qué artículo establece: «Es aplicable a los actuales Relatores y Escribanos de Cámara»?
Artículo 93
«Es aplicable a los actuales Relatores y Escribanos de Cámara:»
º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y ________.º, lo prevenido en los artículos 90 y 91 referente al abono de derechos.
2
«º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y 2.º, lo prevenido en los artículos 90 y 91 referente al abono de derechos.»
¿Qué artículo establece: «º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y 2.º, lo prevenido en los…»?
Artículo 93
«º, lo dispuesto en los artículos anteriores respecto a las recusaciones de los Secretarios de Sala, y 2.º, lo prevenido en los artículos 90 y 91 referente al abono de derechos.»
Otros artículos de Capítulo IV. De la recusación de los Auxiliares de los Juzgados y Tribunales
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