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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 985 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme.

La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera dictado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 985

Artículo 985 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme. La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera dictado.

Completa el hueco2/5

La ejecución de las sentencias en causas por delito ________ al Tribunal que haya dictado la que sea firme.

Artículo 985 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

corresponde

«La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme»?

Artículo 985 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 985

«La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme.»
Completa el hueco4/5

La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, ________ al juzgado que la hubiera dictado.

Artículo 985 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

corresponde

«La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera dictado.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que…»?

Artículo 985 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 985

«La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera dictado.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 06/12/2015 por BOE-A-2015-10726.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/06/1997):

La ejecución de las sentencias en causas por delito corresponde al Tribunal que haya dictado la que sea firme. La ejecución de las sentencias recaídas en el proceso por aceptación de decreto, cuando el delito sea leve, corresponde al juzgado que la hubiera dictado.

  1. Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
  2. Vigente desde 06/12/2015 · modificado por BOE-A-2015-10726

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