👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 11 de la LOPJ
Texto vigente
1. En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.
2. Los jueces y juezas, así como los Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal.
3. Los jueces y juezas, así como los Tribunales, de conformidad con el principio de tutela efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución, deberán resolver siempre sobre las pretensiones que se les formulen, y solo podrán desestimarlas por motivos formales cuando el defecto fuese insubsanable o no se subsanare por el procedimiento establecido en las leyes.
Flashcards de este artículo
Artículo 11 (apartado 1)
En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.
En todo tipo de ________ se respetarán las reglas de la buena fe.
procedimiento
«En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe.»
¿Qué artículo establece: «En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe»?
Artículo 11
«En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe.»
Artículo 11 (apartado 2)
Los jueces y juezas, así como los Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal.
No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o ________, violentando los derechos o libertades fundamentales.
indirectamente
«No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales. 2. Los Juzgados jueces y juezas, así como los Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal. 3. Los Juzgados jueces y juezas, así como los Tribunales, de conformidad con el principio de tutela efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución, deberán resolver siempre sobre las pretensiones que se les formulen, y solo podrán desestimarlas por motivos formales cuando el defecto fuese insubsanable o no se subsanare por el procedimiento establecido en las leyes.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 23/01/2025 · modificado por BOE-A-2025-76
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