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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 58 de la LOPJ

Texto vigente

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá:

Primero. En única instancia, de los recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la ley.

Segundo. De los recursos de casación y revisión en los términos que establezca la ley.

Tercero. De la solicitud de autorización para la declaración prevista en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuando tal solicitud sea formulada por el Consejo General del Poder Judicial.

Cuarto. De la solicitud del Gobierno prevista en el artículo cuarto de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, para la convalidación o revocación de los acuerdos de asunción o intervención de la gestión directa del servicio o los de intervención o explotación de redes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 58 (1/2)

Artículo 58 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá: Primero. En única instancia, de los recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la ley. Segundo. De los recursos de casación y revisión en los términos que establezca la ley.

Completa el hueco2/5

La Sala de lo Contencioso-administrativo del ________ Supremo conocerá:

Artículo 58 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

Tribunal

«La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá»?

Artículo 58 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 58

«La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá:»
Información4/5

Artículo 58 (2/2)

Artículo 58 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Tercero. De la solicitud de autorización para la declaración prevista en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuando tal solicitud sea formulada por el Consejo General del Poder Judicial. Cuarto. De la solicitud del Gobierno prevista en el artículo cuarto de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, para la convalidación o revocación de los acuerdos de asunción o intervención de la gestión directa del servicio o los de intervención o explotación de redes.

Completa el hueco5/5

De los recursos de casación y revisión en los términos que ________ la ley.

Artículo 58 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

establezca

«De los recursos de casación y revisión en los términos que establezca la ley.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 4 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 30/06/2022 por BOE-A-2022-10756.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (07/12/2018):

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo conocerá: Primero. En única instancia, de los recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la Ley. ley. Segundo. De los recursos de casación y revisión en los términos que establezca la Ley. ley. Tercero. De la solicitud de autorización para la declaración prevista en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía garantía de los Derechos Digitales, derechos digitales, cuando tal solicitud sea formulada por el Consejo General del Poder Judicial. Cuarto. De la solicitud del Gobierno prevista en el artículo cuarto de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, para la convalidación o revocación de los acuerdos de asunción o intervención de la gestión directa del servicio o los de intervención o explotación de redes.

  1. Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
  2. Vigente desde 14/12/1998 · modificado por BOE-A-1998-16712
  3. Vigente desde 07/12/2018 · modificado por BOE-A-2018-16673
  4. Vigente desde 30/06/2022 · modificado por BOE-A-2022-10756

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