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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1181 del Código Civil

Texto vigente

Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa. Los codeudores y fiadores quedarán libres.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1181

Artículo 1181 · Código Civil
Contenido1/3

Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa. Los codeudores y fiadores quedarán libres.

Completa el hueco2/3

Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda ________ que tuviere sobre la cosa.

Artículo 1181 · Código Civil
Respuesta2/3

preferencia

«Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa»?

Artículo 1181 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1181

«Si, hecha la consignación, el acreedor autorizase al deudor para retirarla, perderá toda preferencia que tuviere sobre la cosa.»

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