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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1213 del Código Civil

Texto vigente

El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con preferencia al que se hubiere subrogado en su lugar a virtud del pago parcial del mismo crédito.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1213

Artículo 1213 · Código Civil
Contenido1/3

El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con preferencia al que se hubiere subrogado en su lugar a virtud del pago parcial del mismo crédito.

Completa el hueco2/3

El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con ________ al que se hubiere subrogado en su lugar a virtud del pago parcial del mismo crédito.

Artículo 1213 · Código Civil
Respuesta2/3

preferencia

«El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con preferencia al que se hubiere subrogado en su lugar a virtud del pago parcial del mismo crédito.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con preferencia al que se…»?

Artículo 1213 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1213

«El acreedor, a quien se hubiere hecho un pago parcial, puede ejercitar su derecho por el resto con preferencia al que se hubiere subrogado en su lugar a virtud del pago parcial del mismo crédito.»

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