⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1340 del Código Civil
Texto vigente
El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.
Flashcards de este artículo
Artículo 1340
El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.
El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a ________ por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.
saneamiento
«El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.»
¿Qué artículo establece: «El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado…»?
Artículo 1340
«El que diere o prometiere por razón de matrimonio sólo estará obligado a saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
El padre o la madre, o el que de ellos viviese, están obligados a dotar a sus hijas legítimas fuera del caso en que, necesitando éstas la licencia diere o prometiere por razón de aquéllos para contraer matrimonio con arreglo sólo estará obligado a la Ley, se casen sin obtenerla ni obtener tampoco la autorización equivalente, conforme al artículo cuarenta y nueve de este Código. saneamiento por evicción o vicios ocultos si hubiere actuado con mala fe.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 15/05/1958 · modificado por BOE-A-1958-6677
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.