Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 638 del Código Civil

Texto vigente

El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción corresponderían al donante. Éste, en cambio, no queda obligado al saneamiento de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá el donante de la evicción hasta la concurrencia del gravamen.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 638

Artículo 638 · Código Civil
Contenido1/5

El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción corresponderían al donante. Éste, en cambio, no queda obligado al saneamiento de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá el donante de la evicción hasta la concurrencia del gravamen.

Completa el hueco2/5

El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción ________ al donante.

Artículo 638 · Código Civil
Respuesta2/5

corresponderían

«El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción corresponderían al donante.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción corresponderían al donante»?

Artículo 638 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 638

«El donatario se subroga en todos los derechos y acciones que en caso de evicción corresponderían al donante.»
Completa el hueco4/5

Éste, en cambio, no queda obligado al ________ de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá el donante de la evicción hasta la concurrencia del gravamen.

Artículo 638 · Código Civil
Respuesta4/5

saneamiento

«Éste, en cambio, no queda obligado al saneamiento de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá el donante de la evicción hasta la concurrencia del gravamen.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Éste, en cambio, no queda obligado al saneamiento de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá…»?

Artículo 638 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 638

«Éste, en cambio, no queda obligado al saneamiento de las cosas donadas, salvo si la donación fuere onerosa, en cuyo caso responderá el donante de la evicción hasta la concurrencia del gravamen.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. De los efectos y limitaciones de las donaciones