Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 640 del Código Civil

Texto vigente

También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/3

Artículo 640

Artículo 640 · Código Civil
Contenido1/3

También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código.

Completa el hueco2/3

También se podrá donar la propiedad a una persona y el ________ a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código.

Artículo 640 · Código Civil
Respuesta2/3

usufructo

«También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el…»?

Artículo 640 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 640

«También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. De los efectos y limitaciones de las donaciones