⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 693 del Código Civil
Texto vigente
El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de protocolización, en la que hará constar las actuaciones realizadas y, en su caso, las observaciones manifestadas.
Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel.
Autorizada o no la protocolización del testamento ológrafo, los interesados no conformes podrán ejercer sus derechos en el juicio que corresponda.
Flashcards de este artículo
Artículo 693
El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de protocolización, en la que hará constar las actuaciones realizadas y, en su caso, las observaciones manifestadas. Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel. Autorizada o no la protocolización del testamento ológrafo, los interesados no conformes podrán ejercer sus derechos en el juicio que corresponda.
El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de ________, en la que hará constar las actuaciones realizadas y, en su caso, las observaciones manifestadas.
protocolización
«El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de protocolización, en la que hará constar las actuaciones realizadas y, en su caso, las observaciones manifestadas.»
¿Qué artículo establece: «El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de protocolización, en la que hará constar las actuaciones realizadas…»?
Artículo 693
«El Notario, si considera acreditada la autenticidad del testamento, autorizará el acta de protocolización, en la que hará constar las actuaciones realizadas y, en su caso, las observaciones manifestadas.»
Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse ________ la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel.
suficientemente
«Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel.»
¿Qué artículo establece: «Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar…»?
Artículo 693
«Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la identidad del otorgante, se procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Si el Juez estima justificada El Notario, si considera acreditada la identidad autenticidad del testamento, acordará autorizará el acta de protocolización, en la que se protocolice, con hará constar las diligencias practicadas, actuaciones realizadas y, en los registros del Notario correspondiente, por el cual se darán a los interesados las copias o testimonios que procedan. En otro su caso, denegará la protocolización. Cualquiera que sea las observaciones manifestadas. Si el testamento no fuera adverado, por no acreditarse suficientemente la resolución identidad del Juez, otorgante, se llevará a efecto, procederá al archivo del expediente sin protocolizar aquel. Autorizada o no obstante oposición, quedando a salvo el derecho de la protocolización del testamento ológrafo, los interesados para ejercitarlo no conformes podrán ejercer sus derechos en el juicio que corresponda.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 23/07/2015 · modificado por BOE-A-2015-7391
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