⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 804 del Código Civil
Texto vigente
Los administradores tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 804
Artículo 804 · Código Civil
Contenido1/3
Los administradores tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente.
Completa el hueco2/3
Los ________ tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente.
Artículo 804 · Código Civil
Respuesta2/3
administradores
«Los administradores tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Los administradores tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente»?
Artículo 804 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 804
«Los administradores tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo son de los bienes de un ausente.»
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