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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 971 del Código Civil

Texto vigente

Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes del primero.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 971

Artículo 971 · Código Civil
Contenido1/3

Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes del primero.

Completa el hueco2/3

Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni ________ del primero.

Artículo 971 · Código Civil
Respuesta2/3

descendientes

«Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes del primero.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes del…»?

Artículo 971 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 971

«Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes del primero.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/06/1981 por BOE-A-1981-11198.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (16/08/1889):

Cesará, además, Cesará además la reserva si al morir el padre o la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes legítimos del primero.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198

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