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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 979 del Código Civil

Texto vigente

Lo dispuesto en los artículos anteriores para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 979

Artículo 979 · Código Civil
Contenido1/3

Lo dispuesto en los artículos anteriores para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores.

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Lo dispuesto en los artículos ________ para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores.

Artículo 979 · Código Civil
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anteriores

«Lo dispuesto en los artículos anteriores para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en los artículos anteriores para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores»?

Artículo 979 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 979

«Lo dispuesto en los artículos anteriores para el caso de segundo matrimonio rige igualmente en el tercero y ulteriores.»

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