🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444
Artículo 63 del Código Penal
Texto vigente
A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.
Flashcards de este artículo
Artículo 63
A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.
A los ________ de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.
cómplices
«A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.»
¿Qué artículo establece: «A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la…»?
Artículo 63
«A los cómplices de un delito consumado o intentado se les impondrá la pena inferior en grado a la fijada por la Ley para los autores del mismo delito.»
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