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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 355 de la Ley de Enjuiciamiento CivilReconocimiento de personas

Texto vigente

1. El reconocimiento judicial de una persona se practicará a través de un interrogatorio realizado por el tribunal, que se adaptará a las necesidades de cada caso concreto. En dicho interrogatorio, que podrá practicarse, si las circunstancias lo aconsejaren, a puerta cerrada o fuera de la sede del tribunal, podrán intervenir las partes siempre que el tribunal no lo considere perturbador para el buen fin de la diligencia.

2. En todo caso, en la práctica del reconocimiento judicial se garantizará el respeto a la dignidad e intimidad de la persona.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 355. Reconocimiento de personas (apartado 1)

Artículo 355 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

El reconocimiento judicial de una persona se practicará a través de un interrogatorio realizado por el tribunal, que se adaptará a las necesidades de cada caso concreto. En dicho interrogatorio, que podrá practicarse, si las circunstancias lo aconsejaren, a puerta cerrada o fuera de la sede del tribunal, podrán intervenir las partes siempre que el tribunal no lo considere perturbador para el buen fin de la diligencia.

Completa el hueco2/5

El ________ judicial de una persona se practicará a través de un interrogatorio realizado por el tribunal, que se adaptará a las necesidades de cada caso concreto.

Artículo 355 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

reconocimiento

«El reconocimiento judicial de una persona se practicará a través de un interrogatorio realizado por el tribunal, que se adaptará a las necesidades de cada caso concreto.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Reconocimiento de personas»?

Artículo 355 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 355

Información4/5

Artículo 355. Reconocimiento de personas (apartado 2)

Artículo 355 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

En todo caso, en la práctica del reconocimiento judicial se garantizará el respeto a la dignidad e intimidad de la persona.

Completa el hueco5/5

En dicho ________, que podrá practicarse, si las circunstancias lo aconsejaren, a puerta cerrada o fuera de la sede del tribunal, podrán intervenir las partes siempre que el tribunal no lo considere perturbador para el buen fin de la diligencia.

Artículo 355 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

interrogatorio

«En dicho interrogatorio, que podrá practicarse, si las circunstancias lo aconsejaren, a puerta cerrada o fuera de la sede del tribunal, podrán intervenir las partes siempre que el tribunal no lo considere perturbador para el buen fin de la diligencia.»

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