🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 223
Artículo 223 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3
Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.
Completa el hueco2/3
________ el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.
Artículo 223 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3
Interpuesto
«Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente»?
Artículo 223 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3
Artículo 223
«Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.»
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