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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 702 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 702

Artículo 702 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.

Completa el hueco2/3

Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos ________ a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.

Artículo 702 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

410

«Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo…»?

Artículo 702 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 702

«Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los ar­tículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.»

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