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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 236 decies de la LOPJ

Texto vigente

1. Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales. Dichos tratamientos no serán considerados en ningún caso realizados con fines jurisdiccionales.

2. Las operaciones de tratamiento de datos personales del Consejo General del Poder Judicial y de los órganos integrantes del mismo serán autorizados por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de la Secretaría General, que ostentará la condición de responsable del tratamiento respecto de los mismos.

3. Las operaciones de tratamiento de datos personales de la Fiscalía General del Estado serán autorizadas según determine el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y las Instrucciones que se dicten al respecto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 236 decies (apartado 1)

Artículo 236 decies · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales. Dichos tratamientos no serán considerados en ningún caso realizados con fines jurisdiccionales.

Completa el hueco2/5

Los ________ de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales.

Artículo 236 decies · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

tratamientos

«Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el…»?

Artículo 236 decies · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 236 decies

«Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales.»
Información4/5

Artículo 236 decies (apartado 2)

Artículo 236 decies · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Las operaciones de tratamiento de datos personales del Consejo General del Poder Judicial y de los órganos integrantes del mismo serán autorizados por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de la Secretaría General, que ostentará la condición de responsable del tratamiento respecto de los mismos.

Completa el hueco5/5

Dichos tratamientos no serán considerados en ningún caso realizados con fines ________.

Artículo 236 decies · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

jurisdiccionales

«Dichos tratamientos no serán considerados en ningún caso realizados con fines jurisdiccionales.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 16/06/2021 por BOE-A-2021-8806.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/10/2015):

1. Los tratamientos de datos llevados a cabo por el Consejo General del Poder Judicial judicial y la Fiscalía General del Estado en el ejercicio de sus competencias quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. personales. Dichos tratamientos no serán considerados en ningún caso realizados con fines jurisdiccionales. 2. Los ficheros Las operaciones de datos tratamiento de carácter personal datos personales del Consejo General del Poder Judicial y de los órganos integrantes del mismo serán creados, modificados o suprimidos autorizados por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de la Secretaría General, que ostentará la condición de responsable del tratamiento respecto de los mismos. Una vez publicado el acuerdo, el Consejo General del Poder Judicial dará traslado del mismo para su inscripción en el Registro General 3. Las operaciones de Protección tratamiento de Datos datos personales de la Agencia Española de Protección de Datos. Fiscalía General del Estado serán autorizadas según determine el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y las Instrucciones que se dicten al respecto.

  1. Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-8167
  2. Vigente desde 16/06/2021 · modificado por BOE-A-2021-8806

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