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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 320 de la LOPJ

Texto vigente

1. La toma de posesión del Presidente, Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante la Sala de Gobierno del Tribunal al que fueren destinados o ante la del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma correspondiente.

2. Los Magistrados del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia que fuesen nombrados sin haber pertenecido con anterioridad a la Carrera Judicial, en el mismo acto de su toma de posesión ante las Salas de Gobierno respectivas, prestarán el juramento o promesa en los términos previstos en el artículo 318.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 320 (apartado 1)

Artículo 320 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

La toma de posesión del Presidente, Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante la Sala de Gobierno del Tribunal al que fueren destinados o ante la del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma correspondiente.

Completa el hueco2/5

La toma de posesión del Presidente, ________ de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante la Sala de Gobierno del Tribunal al que fueren destinados o ante la del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma correspondiente.

Artículo 320 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

Presidentes

«La toma de posesión del Presidente, Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante la Sala de Gobierno del Tribunal al que fueren destinados o ante la del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma correspondiente.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «La toma de posesión del Presidente, Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante…»?

Artículo 320 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 320

«La toma de posesión del Presidente, Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales y Audiencias se hará en audiencia pública ante la Sala de Gobierno del Tribunal al que fueren destinados o ante la del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma correspondiente.»
Información4/5

Artículo 320 (apartado 2)

Artículo 320 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

Los Magistrados del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia que fuesen nombrados sin haber pertenecido con anterioridad a la Carrera Judicial, en el mismo acto de su toma de posesión ante las Salas de Gobierno respectivas, prestarán el juramento o promesa en los términos previstos en el artículo 318.

Completa el hueco5/5

Los Magistrados del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia que fuesen nombrados sin haber pertenecido con ________ a la Carrera Judicial, en el mismo acto de su toma de posesión ante las Salas de Gobierno respectivas, prestarán el juramento o promesa en los términos previstos en el artículo 318.

Artículo 320 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

anterioridad

«Los Magistrados del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia que fuesen nombrados sin haber pertenecido con anterioridad a la Carrera Judicial, en el mismo acto de su toma de posesión ante las Salas de Gobierno respectivas, prestarán el juramento o promesa en los términos previstos en el artículo 318.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. Del nombramiento y posesión de los Jueces y Magistrados