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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1334 del Código Civil

Texto vigente

Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de un año.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1334

Artículo 1334 · Código Civil
Contenido1/3

Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de un año.

Completa el hueco2/3

Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de ________.

Artículo 1334 · Código Civil
Respuesta2/3

un año

«Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de un año.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse…»?

Artículo 1334 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1334

«Todo lo que se estipule en capitulaciones bajo el supuesto de futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de un año.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/06/1981 por BOE-A-1981-11198.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (16/08/1889):

Será nula toda donación entre los cónyuges durante el matrimonio. No se incluyen en esta regla los regalos módicos Todo lo que los cónyuges se hagan estipule en ocasiones capitulaciones bajo el supuesto de regocijo para la familia. futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no contraerse en el plazo de un año.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198

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