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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 603 del Código Civil

Texto vigente

El dueño de terrenos gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los que tengan derecho a la servidumbre.

A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del 4 por 100 del valor anual de los pastos, regulado por tasación pericial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 603

Artículo 603 · Código Civil
Contenido1/5

El dueño de terrenos gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los que tengan derecho a la servidumbre. A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del 4 por 100 del valor anual de los pastos, regulado por tasación pericial.

Completa el hueco2/5

El dueño de ________ gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los que tengan derecho a la servidumbre.

Artículo 603 · Código Civil
Respuesta2/5

terrenos

«El dueño de terrenos gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los que tengan derecho a la servidumbre.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El dueño de terrenos gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los…»?

Artículo 603 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 603

«El dueño de terrenos gravados con la servidumbre de pastos podrá redimir esta carga mediante el pago de su valor a los que tengan derecho a la servidumbre.»
Completa el hueco4/5

A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del ________ por 100 del valor anual de los pastos, regulado por tasación pericial.

Artículo 603 · Código Civil
Respuesta4/5

4

«A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del 4 por 100 del valor anual de los pastos, regulado por tasación pericial.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del 4 por 100 del valor anual de…»?

Artículo 603 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 603

«A falta de convenio, se fijará el capital para la redención sobre la base del 4 por 100 del valor anual de los pastos, regulado por tasación pericial.»

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