⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 685 del Código Civil
Texto vigente
El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas. También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar.
En los casos de los artículos 700 y 701, los testigos tendrán obligación de conocer al testador y procurarán asegurarse de su capacidad.
Flashcards de este artículo
Artículo 685
El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas. También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar. En los casos de los artículos 700 y 701, los testigos tendrán obligación de conocer al testador y procurarán asegurarse de su capacidad.
El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con ________ testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas.
dos
«El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas.»
¿Qué artículo establece: «El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y…»?
Artículo 685
«El Notario deberá conocer al testador y si no lo conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, o mediante la utilización de documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas.»
También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el ________ la capacidad legal necesaria para testar.
testador
«También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar.»
¿Qué artículo establece: «También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar»?
Artículo 685
«También deberá el Notario asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
El Notario y dos de los testigos que autoricen el testamento deberán deberá conocer al testador, testador y si no lo conocieren, conociese se identificará su persona con dos testigos que le conozcan y sean conocidos del mismo Notario, y o mediante la utilización de los testigos instrumentales. documentos expedidos por las autoridades públicas cuyo objeto sea identificar a las personas. También procurarán deberá el Notario y los testigos asegurarse de que, a su juicio, tiene el testador la capacidad legal necesaria para testar. Igual obligación de conocer al testador tendrán los testigos que autoricen un testamento sin asistencia de Notario, en En los casos de los artículos 700 y 701. 701, los testigos tendrán obligación de conocer al testador y procurarán asegurarse de su capacidad.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 12/01/1992 · modificado por BOE-A-1991-30534
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