⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 849 del Código Civil
Texto vigente
La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 849
Artículo 849 · Código Civil
Contenido1/3
La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.
Completa el hueco2/3
La desheredación sólo podrá hacerse en ________, expresando en él la causa legal en que se funde.
Artículo 849 · Código Civil
Respuesta2/3
testamento
«La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde»?
Artículo 849 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 849
«La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.»
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