Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 848 del Código Civil

Texto vigente

La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/3

Artículo 848

Artículo 848 · Código Civil
Contenido1/3

La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley.

Completa el hueco2/3

La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que ________ señala la ley.

Artículo 848 · Código Civil
Respuesta2/3

expresamente

«La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley»?

Artículo 848 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 848

«La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley.»

Otros artículos de Sección 9.ª De la desheredación