⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 962 del Código Civil
Texto vigente
La omisión de estas diligencias no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del nacido.
Flashcards de este artículo
Artículo 962
La omisión de estas diligencias no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del nacido.
La omisión de estas ________ no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del nacido.
diligencias
«La omisión de estas diligencias no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del nacido.»
¿Qué artículo establece: «La omisión de estas diligencias no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del…»?
Artículo 962
«La omisión de estas diligencias no basta por sí sola para acreditar la suposición del parto o la falta de viabilidad del nacido.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
La omisión de estas diligencias no perjudicará a la legitimidad del parto, la cual, si fuere impugnada, podrá acreditarse basta por sí sola para acreditar la madre suposición del parto o el hijo, debidamente representado. La acción para impugnarla por parte la falta de los que tengan este derecho prescribirá en los plazos señalados en el artículo 113. viabilidad del nacido.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.