⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 958 bis del Código Civil
Texto vigente
Todas las referencias realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 958 bis
Artículo 958 bis · Código Civil
Contenido1/3
Todas las referencias realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante.
Completa el hueco2/3
Todas las ________ realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante.
Artículo 958 bis · Código Civil
Respuesta2/3
referencias
«Todas las referencias realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Todas las referencias realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante»?
Artículo 958 bis · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 958 bis
«Todas las referencias realizadas a la viuda en esta sección, se entenderán hechas a la viuda o al cónyuge supérstite gestante.»
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