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🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229

Artículo 147 de la Constitución Española

Texto vigente

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:

a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

b) La delimitación de su territorio.

c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 147 (apartado 1)

Artículo 147 · Constitución Española
Contenido1/5

Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

Completa el hueco2/5

Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma ________ básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

Artículo 147 · Constitución Española
Respuesta2/5

institucional

«Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado…»?

Artículo 147 · Constitución Española
Respuesta3/5

Artículo 147

«Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.»
Información4/5

Artículo 147 (apartado 2)

Artículo 147 · Constitución Española
Contenido4/5

Los Estatutos de autonomía deberán contener: • a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica. • b) La delimitación de su territorio. • c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias. • d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

Completa el hueco5/5

La denominación de la Comunidad que mejor ________ a su identidad histórica.

Artículo 147 · Constitución Española
Respuesta5/5

corresponda

«La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.»

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