📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 388 de la Ley de Enjuiciamiento CivilNorma general sobre procedimiento
Texto vigente
Las cuestiones incidentales que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo.
Flashcards de este artículo
Artículo 388. Norma general sobre procedimiento
Las cuestiones incidentales que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo.
Las cuestiones ________ que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo.
incidentales
«Las cuestiones incidentales que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo.»
¿Qué artículo lleva por título «Norma general sobre procedimiento»?
¿Qué artículo establece: «Las cuestiones incidentales que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo»?
Artículo 388. Norma general sobre procedimiento
«Las cuestiones incidentales que no tengan señalada en esta Ley otra tramitación, se ventilarán en la forma establecida en este capítulo.»
Otros artículos de CAPÍTULO VII. De las cuestiones incidentales
- Artículo 387 · Concepto de cuestiones incidentales
- Artículo 389 · Cuestiones incidentales de especial pronunciamiento
- Artículo 390 · Cuestiones incidentales de previo pronunciamiento. Suspensión del curso de la demanda
- Artículo 391 · Cuestiones de previo pronunciamiento. Casos
- Artículo 392 · Planteamiento de las cuestiones incidentales. Inadmisión de las que no sean tales
- Artículo 393 · Admisión, sustanciación y decisión de las cuestiones incidentales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.