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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 481 de la Ley de Enjuiciamiento CivilContenido del escrito de interposición del recurso

Texto vigente

1. En el escrito de interposición se identificará el cauce de acceso a la casación y, de ser este el interés casacional, se identificará asimismo la modalidad que se invoca y la justificación, con la necesaria claridad, de la concurrencia del interés casacional invocado. Además de ello, se expresará la norma procesal o sustantiva infringida, precisando, en las peticiones, la doctrina jurisprudencial que se interesa de la Sala, en su caso, y los pronunciamientos correspondientes sobre el objeto del pleito. También se podrá pedir la celebración de vista, que solo tendrá lugar si el tribunal lo considera necesario.

2. El recurso de casación se articulará en motivos. No podrán acumularse en un mismo motivo infracciones diferentes.

3. Solo podrán denunciarse las infracciones que sean relevantes para el fallo, siempre que hubieran sido invocadas oportunamente en el proceso o consideradas por la Audiencia Provincial.

4. Cada motivo se iniciará con un encabezamiento, que contendrá la cita precisa de la norma infringida y el resumen de la infracción cometida.

5. En el desarrollo de cada motivo se expondrán los fundamentos del mismo, sin apartarse del contenido esencial del encabezamiento y con la claridad expositiva necesaria para permitir la identificación del problema jurídico planteado.

6. Al escrito de interposición se acompañarán copia de la sentencia impugnada, si contuviera firma electrónica o código de verificación que la identifique, o certificación en otro caso, y, cuando sea procedente, texto de las sentencias que se aduzcan como fundamento del interés casacional.

7. En su caso, en el escrito de interposición, además de fundamentarse el recurso de casación, se habrá de manifestar razonadamente cuanto se refiera a la inexistencia de doctrina jurisprudencial relativa a la norma que se estime infringida.

8. La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo podrá determinar, mediante acuerdo que se publicará en el ''Boletín Oficial del Estado'', la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas al formato en el que deban ser presentados, de los escritos de interposición y de oposición de los recursos de casación.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 481. Contenido del escrito de interposición del recurso (apartado 1)

Artículo 481 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

En el escrito de interposición se identificará el cauce de acceso a la casación y, de ser este el interés casacional, se identificará asimismo la modalidad que se invoca y la justificación, con la necesaria claridad, de la concurrencia del interés casacional invocado. Además de ello, se expresará la norma procesal o sustantiva infringida, precisando, en las peticiones, la doctrina jurisprudencial que se interesa de la Sala, en su caso, y los pronunciamientos correspondientes sobre el objeto del pleito. También se podrá pedir la celebración de vista, que solo tendrá lugar si el tribunal lo considera necesario.

Completa el hueco2/5

En el escrito de ________ se identificará el cauce de acceso a la casación y, de ser este el interés casacional, se identificará asimismo la modalidad que se invoca y la justificación, con la necesaria claridad, de la concurrencia del interés casacional invocado.

Artículo 481 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

interposición

«En el escrito de interposición se identificará el cauce de acceso a la casación y, de ser este el interés casacional, se identificará asimismo la modalidad que se invoca y la justificación, con la necesaria claridad, de la concurrencia del interés casacional invocado.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Contenido del escrito de interposición del recurso»?

Artículo 481 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 481

Información4/5

Artículo 481. Contenido del escrito de interposición del recurso (apartado 2)

Artículo 481 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

El recurso de casación se articulará en motivos. No podrán acumularse en un mismo motivo infracciones diferentes.

Completa el hueco5/5

Además de ello, se expresará la norma procesal o sustantiva infringida, precisando, en las peticiones, la doctrina jurisprudencial que se interesa de la Sala, en su caso, y los ________ correspondientes sobre el objeto del pleito.

Artículo 481 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

pronunciamientos

«Además de ello, se expresará la norma procesal o sustantiva infringida, precisando, en las peticiones, la doctrina jurisprudencial que se interesa de la Sala, en su caso, y los pronunciamientos correspondientes sobre el objeto del pleito.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 4 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 29/07/2023 por BOE-A-2023-15135.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (31/10/2011):

1. En el escrito de interposición se expresará identificará el supuesto, cauce de los previstos por acceso a la casación y, de ser este el artículo 477.2, conforme al que interés casacional, se pretende recurrir identificará asimismo la sentencia. Igualmente modalidad que se expondrán, invoca y la justificación, con la necesaria extensión, los fundamentos claridad, de la concurrencia del interés casacional invocado. Además de ello, se expresará la norma procesal o sustantiva infringida, precisando, en las peticiones, la doctrina jurisprudencial que se interesa de la Sala, en su caso, y los pronunciamientos correspondientes sobre el objeto del pleito. También se podrá pedir la celebración de vista. vista, que solo tendrá lugar si el tribunal lo considera necesario. 2. El recurso de casación se articulará en motivos. No podrán acumularse en un mismo motivo infracciones diferentes. 3. Solo podrán denunciarse las infracciones que sean relevantes para el fallo, siempre que hubieran sido invocadas oportunamente en el proceso o consideradas por la Audiencia Provincial. 4. Cada motivo se iniciará con un encabezamiento, que contendrá la cita precisa de la norma infringida y el resumen de la infracción cometida. 5. En el desarrollo de cada motivo se expondrán los fundamentos del mismo, sin apartarse del contenido esencial del encabezamiento y con la claridad expositiva necesaria para permitir la identificación del problema jurídico planteado. 6. Al escrito de interposición se acompañarán certificación copia de la sentencia impugnada impugnada, si contuviera firma electrónica o código de verificación que la identifique, o certificación en otro caso, y, cuando sea procedente, texto de las sentencias que se aduzcan como fundamento del interés casacional. 3. 7. En su caso, en el escrito de interposición, además de fundamentarse el recurso de casación, se habrá de manifestar razonadamente cuanto se refiera al tiempo de vigencia de la norma y a la inexistencia de doctrina jurisprudencial relativa a la norma que se estime infringida. 4. (Sin contenido) 8. La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo podrá determinar, mediante acuerdo que se publicará en el ''Boletín Oficial del Estado'', la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas al formato en el que deban ser presentados, de los escritos de interposición y de oposición de los recursos de casación.

  1. Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
  2. Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
  3. Vigente desde 31/10/2011 · modificado por BOE-A-2011-15937
  4. Vigente desde 29/07/2023 · modificado por BOE-A-2023-15135

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