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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 712 de la Ley de Enjuiciamiento CivilÁmbito de aplicación del procedimiento

Texto vigente

Se procederá del modo que ordenan los artículos siguientes siempre que, conforme a esta Ley, deba determinarse en la ejecución forzosa el equivalente pecuniario de una prestación no dineraria o fijar la cantidad debida en concepto de daños y perjuicios o de frutos, rentas, utilidades o productos de cualquier clase o determinar el saldo resultante de la rendición de cuentas de una administración.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 712. Ámbito de aplicación del procedimiento

Artículo 712 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/2

Se procederá del modo que ordenan los artículos siguientes siempre que, conforme a esta Ley, deba determinarse en la ejecución forzosa el equivalente pecuniario de una prestación no dineraria o fijar la cantidad debida en concepto de daños y perjuicios o de frutos, rentas, utilidades o productos de cualquier clase o determinar el saldo resultante de la rendición de cuentas de una administración.

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Artículo 712 · Ley de Enjuiciamiento Civil
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Artículo 712

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