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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 731 de la Ley de Enjuiciamiento CivilAccesoriedad de las medidas cautelares. Ejecución provisional y medidas cautelares

Texto vigente

1. No se mantendrá una medida cautelar cuando el proceso principal haya terminado, por cualquier causa salvo que se trate de sentencia condenatoria o auto equivalente, en cuyo caso deberán mantenerse las medidas acordadas hasta que transcurra el plazo a que se refiere el artículo 548 de la presente Ley. Transcurrido dicho plazo, si no se solicitare la ejecución, se alzarán las medidas que estuvieren adoptadas.

Tampoco podrá mantenerse una medida cautelar si el proceso quedare en suspenso durante más de seis meses por causa imputable al solicitante de la medida.

2. Cuando se despache la ejecución provisional de una sentencia, se alzarán las medidas cautelares que se hubiesen acordado y que guarden relación con dicha ejecución.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 731. Accesoriedad de las medidas cautelares. Ejecución provisional y medidas cautelares (apartado 1)

Artículo 731 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

No se mantendrá una medida cautelar cuando el proceso principal haya terminado, por cualquier causa salvo que se trate de sentencia condenatoria o auto equivalente, en cuyo caso deberán mantenerse las medidas acordadas hasta que transcurra el plazo a que se refiere el artículo 548 de la presente Ley. Transcurrido dicho plazo, si no se solicitare la ejecución, se alzarán las medidas que estuvieren adoptadas. Tampoco podrá mantenerse una medida cautelar si el proceso quedare en suspenso durante más de seis meses por causa imputable al solicitante de la medida.

Completa el hueco2/5

No se mantendrá una medida cautelar cuando el proceso principal haya terminado, por cualquier causa salvo que se trate de sentencia ________ o auto equivalente, en cuyo caso deberán mantenerse las medidas acordadas hasta que transcurra el plazo a que se refiere el artículo 548 de la presente Ley.

Artículo 731 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

condenatoria

«No se mantendrá una medida cautelar cuando el proceso principal haya terminado, por cualquier causa salvo que se trate de sentencia condenatoria o auto equivalente, en cuyo caso deberán mantenerse las medidas acordadas hasta que transcurra el plazo a que se refiere el artículo 548 de la presente Ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Accesoriedad de las medidas cautelares. Ejecución provisional y medidas cautelares»?

Artículo 731 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 731

Información4/5

Artículo 731. Accesoriedad de las medidas cautelares. Ejecución provisional y medidas cautelares (apartado 2)

Artículo 731 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Cuando se despache la ejecución provisional de una sentencia, se alzarán las medidas cautelares que se hubiesen acordado y que guarden relación con dicha ejecución.

Completa el hueco5/5

________ dicho plazo, si no se solicitare la ejecución, se alzarán las medidas que estuvieren adoptadas.

Artículo 731 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

Transcurrido

«Transcurrido dicho plazo, si no se solicitare la ejecución, se alzarán las medidas que estuvieren adoptadas.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Del procedimiento para la adopción de medidas cautelares