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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento CivilAuto acordando medidas cautelares

Texto vigente

1. Terminada la vista, el tribunal, en el plazo de cinco días, decidirá mediante auto sobre la solicitud de medidas cautelares.

2. Si el tribunal estimare que concurren todos los requisitos establecidos y considerare acreditado, a la vista de las alegaciones y las justificaciones, el peligro de la mora procesal, atendiendo a la apariencia de buen derecho, accederá a la solicitud de medidas, fijará con toda precisión la medida o medidas cautelares que se acuerdan y precisará el régimen a que han de estar sometidas, determinando, en su caso, la forma, cuantía y tiempo en que deba prestarse caución por el solicitante.

Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos suspensivos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 735. Auto acordando medidas cautelares (apartado 1)

Artículo 735 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Terminada la vista, el tribunal, en el plazo de cinco días, decidirá mediante auto sobre la solicitud de medidas cautelares.

Completa el hueco2/5

Terminada la vista, el tribunal, en el plazo de ________, decidirá mediante auto sobre la solicitud de medidas cautelares.

Artículo 735 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

cinco días

«Terminada la vista, el tribunal, en el plazo de cinco días, decidirá mediante auto sobre la solicitud de medidas cautelares.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Auto acordando medidas cautelares»?

Artículo 735 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 735

Información4/5

Artículo 735. Auto acordando medidas cautelares (apartado 2)

Artículo 735 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Si el tribunal estimare que concurren todos los requisitos establecidos y considerare acreditado, a la vista de las alegaciones y las justificaciones, el peligro de la mora procesal, atendiendo a la apariencia de buen derecho, accederá a la solicitud de medidas, fijará con toda precisión la medida o medidas cautelares que se acuerdan y precisará el régimen a que han de estar sometidas, determinando, en su caso, la forma, cuantía y tiempo en que deba prestarse caución por el solicitante. Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos suspensivos.

Completa el hueco5/5

Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos ________.

Artículo 735 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

suspensivos

«Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos suspensivos.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. Del procedimiento para la adopción de medidas cautelares