📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 736 de la Ley de Enjuiciamiento CivilAuto denegatorio de las medidas cautelares. Reiteración de la solicitud si cambian las circunstancias
Texto vigente
1. Contra el auto en que el tribunal deniegue la medida cautelar sólo cabrá recurso de apelación, al que se dará una tramitación preferente. Las costas se impondrán con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 394.
2. Aun denegada la petición de medidas cautelares, el actor podrá reproducir su solicitud si cambian las circunstancias existentes en el momento de la petición.
Flashcards de este artículo
Artículo 736. Auto denegatorio de las medidas cautelares. Reiteración de la solicitud si cambian las circunstancias (apartado 1)
Contra el auto en que el tribunal deniegue la medida cautelar sólo cabrá recurso de apelación, al que se dará una tramitación preferente. Las costas se impondrán con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 394.
Contra el auto en que el tribunal deniegue la medida cautelar sólo cabrá recurso de apelación, al que se dará una ________ preferente.
tramitación
«Contra el auto en que el tribunal deniegue la medida cautelar sólo cabrá recurso de apelación, al que se dará una tramitación preferente.»
¿Qué artículo lleva por título «Auto denegatorio de las medidas cautelares. Reiteración de la solicitud si cambian las circunstancias»?
Artículo 736. Auto denegatorio de las medidas cautelares. Reiteración de la solicitud si cambian las circunstancias (apartado 2)
Aun denegada la petición de medidas cautelares, el actor podrá reproducir su solicitud si cambian las circunstancias existentes en el momento de la petición.
Las costas se impondrán con arreglo a los ________ establecidos en el artículo 394.
criterios
«Las costas se impondrán con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 394.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del procedimiento para la adopción de medidas cautelares
- Artículo 730 · Momentos para solicitar las medidas cautelares
- Artículo 731 · Accesoriedad de las medidas cautelares. Ejecución provisional y medidas cautelares
- Artículo 732 · Solicitud de las medidas cautelares
- Artículo 733 · Audiencia al demandado. Excepciones
- Artículo 734 · Vista para la audiencia de las partes
- Artículo 735 · Auto acordando medidas cautelares
- Artículo 737 · Prestación de caución
- Artículo 738 · Ejecución de la medida cautelar
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.