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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 344 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de instrucción un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos y actuaciones en que sea necesaria o conveniente la intervención y servicios de su profesión en cualquier punto de la demarcación judicial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 344

Artículo 344 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de instrucción un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos y actuaciones en que sea necesaria o conveniente la intervención y servicios de su profesión en cualquier punto de la demarcación judicial.

Completa el hueco2/3

Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de ________ un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos y actuaciones en que sea necesaria o conveniente la intervención y servicios de su profesión en cualquier punto de la demarcación judicial.

Artículo 344 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

instrucción

«Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de instrucción un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos y actuaciones en que sea necesaria o conveniente la intervención y servicios de su profesión en cualquier punto de la demarcación judicial.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de instrucción un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia…»?

Artículo 344 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 344

«Con el nombre de Médico forense habrá en cada Juzgado de instrucción un facultativo encargado de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos y actuaciones en que sea necesaria o conveniente la intervención y servicios de su profesión en cualquier punto de la demarcación judicial.»

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