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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Cuando el Juez considere conveniente el examen del procesado en el lugar de los hechos acerca de los cuales deba ser examinado o ante las personas o cosas con ellos relacionadas, se observará lo dispuesto en el artículo 438.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 399

Artículo 399 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Cuando el Juez considere conveniente el examen del procesado en el lugar de los hechos acerca de los cuales deba ser examinado o ante las personas o cosas con ellos relacionadas, se observará lo dispuesto en el artículo 438.

Completa el hueco2/3

Cuando el Juez considere conveniente el examen del procesado en el lugar de los hechos acerca de los cuales deba ser examinado o ante las personas o cosas con ellos ________, se observará lo dispuesto en el artículo 438.

Artículo 399 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
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¿Qué artículo establece: «Cuando el Juez considere conveniente el examen del procesado en el lugar de los hechos acerca de los cuales deba ser examinado…»?

Artículo 399 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 399

«Cuando el Juez considere conveniente el examen del procesado en el lugar de los hechos acerca de los cuales deba ser examinado o ante las personas o cosas con ellos relacionadas, se observará lo dispuesto en el artículo 438.»

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