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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 518

Artículo 518 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo.

Completa el hueco2/3

Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o ________ serán apelables sólo en el efecto devolutivo.

Artículo 518 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

excarcelación

«Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo»?

Artículo 518 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 518

«Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/10/2003 por BOE-A-2003-19748.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/06/1997):

Los autos en que se decrete o deniegue la prisión o excarcelación serán apelables sólo en el efecto devolutivo. La tramitación se ajustará a lo dispuesto en el título X del libro I de esta Ley.

  1. Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
  2. Vigente desde 28/10/2003 · modificado por BOE-A-2003-19748

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