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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 611 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de la cantidad prefijada para asegurarlas, se mandará por auto ampliar la fianza o embargo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 611

Artículo 611 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de la cantidad prefijada para asegurarlas, se mandará por auto ampliar la fianza o embargo.

Completa el hueco2/3

Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las ________ pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de la cantidad prefijada para asegurarlas, se mandará por auto ampliar la fianza o embargo.

Artículo 611 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

responsabilidades

«Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de la cantidad prefijada para asegurarlas, se mandará por auto ampliar la fianza o embargo.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de…»?

Artículo 611 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 611

«Si durante el curso del juicio sobrevinieren motivos bastantes para creer que las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan exigirse excederán de la cantidad prefijada para asegurarlas, se mandará por auto ampliar la fianza o embargo.»

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