👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 222 de la LOPJ
Texto vigente
La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.
Flashcards de este artículo
Artículo 222
La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.
La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán ________ a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.
comunicadas
«La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.»
¿Qué artículo establece: «La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del…»?
Artículo 222
«La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. Cumplido lo dispuesto en el artículo anterior, si el Juez o Magistrado no recibiere en el plazo de cinco días La abstención y la orden de que continúe en el conocimiento sustitución del asunto, se apartará definitivamente de éste y remitirá, en su caso, las actuaciones al juez o magistrado que deba sustituirle. 2. La abstención será comunicada se ha abstenido serán comunicadas a las partes. partes, incluyendo el nombre del sustituto.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644
Otros artículos de CAPÍTULO V. De la abstención y recusación
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.