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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 222 de la LOPJ

Texto vigente

La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 222

Artículo 222 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/3

La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.

Completa el hueco2/3

La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán ________ a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.

Artículo 222 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/3

comunicadas

«La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del…»?

Artículo 222 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/3

Artículo 222

«La abstención y la sustitución del juez o magistrado que se ha abstenido serán comunicadas a las partes, incluyendo el nombre del sustituto.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 15/01/2004 por BOE-A-2003-23644.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (03/07/1985):

1. Cumplido lo dispuesto en el artículo anterior, si el Juez o Magistrado no recibiere en el plazo de cinco días La abstención y la orden de que continúe en el conocimiento sustitución del asunto, se apartará definitivamente de éste y remitirá, en su caso, las actuaciones al juez o magistrado que deba sustituirle. 2. La abstención será comunicada se ha abstenido serán comunicadas a las partes. partes, incluyendo el nombre del sustituto.

  1. Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
  2. Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644

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