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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1037 del Código Civil

Texto vigente

No se entiende sujeto a colación lo dejado en testamento si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a salvo las legítimas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1037

Artículo 1037 · Código Civil
Contenido1/3

No se entiende sujeto a colación lo dejado en testamento si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a salvo las legítimas.

Completa el hueco2/3

No se entiende sujeto a colación lo dejado en ________ si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a salvo las legítimas.

Artículo 1037 · Código Civil
Respuesta2/3

testamento

«No se entiende sujeto a colación lo dejado en testamento si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a salvo las legítimas.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «No se entiende sujeto a colación lo dejado en testamento si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a…»?

Artículo 1037 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1037

«No se entiende sujeto a colación lo dejado en testamento si el testador no dispusiere lo contrario, quedando en todo caso a salvo las legítimas.»

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