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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1047 del Código Civil

Texto vigente

El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1047

Artículo 1047 · Código Civil
Contenido1/3

El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.

Completa el hueco2/3

El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus ________ el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.

Artículo 1047 · Código Civil
Respuesta2/3

coherederos

«El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea…»?

Artículo 1047 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1047

«El donatario tomará de menos en la masa hereditaria tanto como ya hubiese recibido, percibiendo sus coherederos el equivalente, en cuanto sea posible, en bienes de la misma naturaleza, especie y calidad.»

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