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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1309 del Código Civil

Texto vigente

La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1309

Artículo 1309 · Código Civil
Contenido1/3

La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente.

Completa el hueco2/3

La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado ________.

Artículo 1309 · Código Civil
Respuesta2/3

válidamente

«La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente»?

Artículo 1309 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1309

«La acción de nulidad queda extinguida desde el momento en que el contrato haya sido confirmado válidamente.»

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