⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1310 del Código Civil
Texto vigente
Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.261.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 1310
Artículo 1310 · Código Civil
Contenido1/3
Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.261.
Completa el hueco2/3
Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.________.
Artículo 1310 · Código Civil
Respuesta2/3
261
«Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.261.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.261»?
Artículo 1310 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 1310
«Sólo son confirmables los contratos que reúnan los requisitos expresados en el artículo 1.261.»
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