Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1383 del Código Civil

Texto vigente

Deben los cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/3

Artículo 1383

Artículo 1383 · Código Civil
Contenido1/3

Deben los cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya.

Completa el hueco2/3

Deben los cónyuges informarse recíproca y ________ sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya.

Artículo 1383 · Código Civil
Respuesta2/3

periódicamente

«Deben los cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Deben los cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya»?

Artículo 1383 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1383

«Deben los cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de cualquier actividad económica suya.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/06/1981 por BOE-A-1981-11198.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (25/05/1975):

El marido no podrá ejercitar acciones de ninguna clase respecto a Deben los bienes parafernales, si no es como apoderado cónyuges informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimientos de su mujer. cualquier actividad económica suya.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 25/05/1975 · modificado por BOE-A-1975-9245
  3. Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198

Otros artículos de Sección 4.ª De la administración de la sociedad de gananciales