⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1512 del Código Civil
Texto vigente
Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto convencional contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los bienes del vendedor.
Flashcards de este artículo
Artículo 1512
Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto convencional contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los bienes del vendedor.
Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto ________ contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los bienes del vendedor.
convencional
«Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto convencional contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los bienes del vendedor.»
¿Qué artículo establece: «Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto convencional contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los…»?
Artículo 1512
«Los acreedores del vendedor no podrán hacer uso del retracto convencional contra el comprador, sino después de haber hecho excusión en los bienes del vendedor.»
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