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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1517 del Código Civil

Texto vigente

Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora se halle indivisa, ora se haya distribuido entre ellos.

Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha adjudicado a uno de los herederos, la acción de retracto podrá intentarse contra él por el todo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1517

Artículo 1517 · Código Civil
Contenido1/5

Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora se halle indivisa, ora se haya distribuido entre ellos. Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha adjudicado a uno de los herederos, la acción de retracto podrá intentarse contra él por el todo.

Completa el hueco2/5

Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora se halle indivisa, ora se haya ________ entre ellos.

Artículo 1517 · Código Civil
Respuesta2/5

distribuido

«Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora se halle indivisa, ora se haya distribuido entre ellos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora…»?

Artículo 1517 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1517

«Si el comprador dejare varios herederos, la acción de retracto no podrá ejercitarse contra cada uno sino por su parte respectiva, ora se halle indivisa, ora se haya distribuido entre ellos.»
Completa el hueco4/5

Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha ________ a uno de los herederos, la acción de retracto podrá intentarse contra él por el todo.

Artículo 1517 · Código Civil
Respuesta4/5

adjudicado

«Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha adjudicado a uno de los herederos, la acción de retracto podrá intentarse contra él por el todo.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha adjudicado a uno de los herederos, la acción de…»?

Artículo 1517 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1517

«Pero si se ha dividido la herencia, y la cosa vendida se ha adjudicado a uno de los herederos, la acción de retracto podrá intentarse contra él por el todo.»

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